En Santa Bárbara, agentes fronterizos decomisan productos cosméticos ingresados clandestinamente valorados en más de L120 mil
Otro golpe al contrabando

- En el Punto de Control Ceibita Norte en Quimistán, decomisaron 195 cajas de shampoo y 20 cajas de crema, totalizando 2,580 unidades de productos cosméticos
Quimistán, Santa Bárbara. Sábado 31 de mayo de 2025. | En un nuevo golpe contra el contrabando que afecta directamente a la economía nacional, agentes del Grupo de Operaciones Especiales Tácticas (GOET), de la Dirección Nacional de Servicios Policiales Fronterizos (DNSPF), decomisaron un millonario cargamento de productos de higiene personal en el punto de control fronterizo interno de Ceibita Norte, ubicado en el municipio de Quimistán, departamento de Santa Bárbara.
Durante un operativo fijo de inspección rutinaria, los uniformados interceptaron un vehículo conducido por un ciudadano de sexo masculino, de 39 años de edad, originario de Gracias, Lempira y residente en Candelaria, Concepción, Copán.
El hombre, quien se desempeña como motorista, transportaba 195 cajas de shampoo Savilé y 20 cajas de crema para el cabello de la misma marca, sin la debida documentación aduanera que acreditara el ingreso legal de la mercancía al país.
En total, las autoridades contabilizaron
2,580 unidades, con un valor comercial estimado de L120,000.00 (ciento veinte mil lempiras) en el mercado hondureño.
Este tipo de actividad está tipificada como delito de contrabando en el artículo 319 del Código Penal de Honduras, el cual establece:
Comete delito de contrabando quien introduzca al territorio nacional mercancías sin realizar el procedimiento legal correspondiente ante las autoridades aduaneras, evadiendo el pago de tributos que por ley correspondan.
Asimismo, el artículo 14 de la Ley sobre Delitos Tributarios indica que este delito afecta directamente a la Hacienda Pública, puesto que evita el cobro de impuestos que deben financiar servicios esenciales como salud, educación y seguridad.
¿Por qué no fue detenido el conductor?
En este caso, se hizo la debida consulta a la Fiscalía Especial Contra Delitos Tributarios del Ministerio Público en San Pedro Sula.
La fiscal de turno instruyó que únicamente se procediera al decomiso del producto, sin necesidad de detener al conductor, ya que las circunstancias no configuraban agravantes ni reincidencia.
Esta acción está amparada en la discrecionalidad del Ministerio Público, conforme al artículo 286 del Código Procesal Penal, que permite valorar si se cumplen los elementos suficientes para ejercer acción penal, o si el caso puede ser abordado en una etapa administrativa o investigativa preliminar.
El contrabando, aunque muchas veces es visto por algunos sectores como un “mal menor”, representa una grave amenaza al desarrollo económico del país.
No solo evade impuestos, sino que fomenta la competencia desleal, perjudica al comercio legal, y abre la puerta a la circulación de productos que no cumplen con normas sanitarias o de calidad.

